Diccionario panhispánico del español jurídico

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Garantías penales

por Pérez Cepeda, Ana Isabel

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2010
Ver otros artículos del mismo número: 13

Deniega el Tribunal Constitucional el amparo solicitado. La Constitución reconoce el derecho a no ser obligado a declarar, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, derechos estrechamente relacionados con los de defensa y a la presunción de inocencia, de los que constituyen una manifestación concreta. El contenido esencial de tales derechos es la interdicción de la compulsión del testimonio contra uno mismo y el reconocimiento de la necesaria libertad para declarar o no y para hacerlo en el sentido que se estime más conveniente. Desde la STC 18/1981 se ha establecido que al ejercicio de las potestades sancionadoras de la Administración le son de aplicación las garantías procedimentales previstas en el art. 24.2 CE, si bien no mediante su aplicación literal. En relación con el presente caso, se desprende que en ningún momento del procedimiento los recurrentes fueron forzados a realizar una declaración autoincriminatoria [...]

Tabla de Contenidos

I. Tribunal Constitucional, Jurisdicción Constitucional. Sentencia de 15 de junio de 2009; Número de procedimiento: 2406/2006
II. Tribunal Constitucional, Jurisdicción Constitucional. Sentencia de 15 de junio de 2009; Número de procedimiento: 4406/2007
III. Tribunal Constitucional, Jurisdicción Constitucional. Sentencia de 4 de mayo de 2009; Número de procedimiento: 7814/2003


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Deniega el Tribunal Constitucional el amparo solicitado. La Constitución reconoce el derecho a no ser obligado a declarar, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, derechos estrechamente relacionados con los de defensa y a la presunción de inocencia, de los que constituyen una manifestación concreta. El contenido esencial de tales derechos es la interdicción de la compulsión del testimonio contra uno mismo y el reconocimiento de la necesaria libertad para declarar o no y para hacerlo en el sentido que se estime más conveniente. Desde la STC 18/1981 se ha establecido que al ejercicio de las potestades sancionadoras de la Administración le son de aplicación las garantías procedimentales previstas en el art. 24.2 CE, si bien no mediante su aplicación literal. En relación con el presente caso, se desprende que en ningún momento del procedimiento los recurrentes fueron forzados a realizar una declaración autoincriminatoria [...]

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I. Tribunal Constitucional, Jurisdicción Constitucional. Sentencia de 15 de junio de 2009; Número de procedimiento: 2406/2006
II. Tribunal Constitucional, Jurisdicción Constitucional. Sentencia de 15 de junio de 2009; Número de procedimiento: 4406/2007
III. Tribunal Constitucional, Jurisdicción Constitucional. Sentencia de 4 de mayo de 2009; Número de procedimiento: 7814/2003


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