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¿Héroes o villanos? Las ONG de rescate y las políticas europeas de lucha contra la inmigración irregular (A propósito del caso Open Arms)
El secuestro preventivo del Open Arms y el subsiguiente inicio de actuaciones penales contra dos miembros del personal de Proactiva constituyen un episodio más de la creciente hostilidad que se manifiesta hacia la actuación de las ONG´s de rescate. Aunque previsible por lo que éstas representan de denuncia y cuestionamiento de las políticas europeas de externalización y deslocalización de los controles fronterizos, la respuesta de las autoridades italianas plantea sin embargo serios problemas jurídicos desde un triple punto de vista: las reglas en materia de jurisdicción sobre buques en alta mar, la obligación de socorro de personas en peligro en el mar y, sobre todo y teniendo en cuenta la situación libia, las exigencias que derivan del principio de no devolución. Desde esta última perspectiva, en esta contribución se defiende que la actuación de las autoridades italianas podría representar una violación del CEDH sometida a la jurisdicción del TEDH.
I. LA DETENCIÓN DEL OPEN ARMS Y EL CONTEXTO DE CRECIENTE HOSTILIDAD HACIA LAS ONG´S DE RESCATE
II. LAS NORMAS INTERNACIONALES Y EUROPEAS SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR
1. La formulación de la obligación de socorro y la organización de los servicios nacionales de salvamento
2. Identificación del lugar de desembarco seguro: ambigüedades y resistencias
III. JURISDICCIÓN SOBRE BUQUES EN ALTA MAR
1. La pretensión de las autoridades libias de organizar las actividades de rescate en alta mar
2. La extensión de la jurisdicción penal italiana y su ejercicio respecto del Open Arms
IV. EL DELITO DE FACILITACIÓN DE LA INMIGRACIÓN CLANDESTINA, LA OBLIGACIÓN DE SOCORRO Y EL PRINCIPIO DE NO DEVOLUCIÓN
1. ¿Rescate humanitario o tráfico ilícito de inmigrantes?
2. Externalización de controles migratorios y no devolución
V. CONSIDERACIONES FINALES
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El secuestro preventivo del Open Arms y el subsiguiente inicio de actuaciones penales contra dos miembros del personal de Proactiva constituyen un episodio más de la creciente hostilidad que se manifiesta hacia la actuación de las ONG´s de rescate. Aunque previsible por lo que éstas representan de denuncia y cuestionamiento de las políticas europeas de externalización y deslocalización de los controles fronterizos, la respuesta de las autoridades italianas plantea sin embargo serios problemas jurídicos desde un triple punto de vista: las reglas en materia de jurisdicción sobre buques en alta mar, la obligación de socorro de personas en peligro en el mar y, sobre todo y teniendo en cuenta la situación libia, las exigencias que derivan del principio de no devolución. Desde esta última perspectiva, en esta contribución se defiende que la actuación de las autoridades italianas podría representar una violación del CEDH sometida a la jurisdicción del TEDH.
I. LA DETENCIÓN DEL OPEN ARMS Y EL CONTEXTO DE CRECIENTE HOSTILIDAD HACIA LAS ONG´S DE RESCATE
II. LAS NORMAS INTERNACIONALES Y EUROPEAS SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR
1. La formulación de la obligación de socorro y la organización de los servicios nacionales de salvamento
2. Identificación del lugar de desembarco seguro: ambigüedades y resistencias
III. JURISDICCIÓN SOBRE BUQUES EN ALTA MAR
1. La pretensión de las autoridades libias de organizar las actividades de rescate en alta mar
2. La extensión de la jurisdicción penal italiana y su ejercicio respecto del Open Arms
IV. EL DELITO DE FACILITACIÓN DE LA INMIGRACIÓN CLANDESTINA, LA OBLIGACIÓN DE SOCORRO Y EL PRINCIPIO DE NO DEVOLUCIÓN
1. ¿Rescate humanitario o tráfico ilícito de inmigrantes?
2. Externalización de controles migratorios y no devolución
V. CONSIDERACIONES FINALES