Diccionario panhispánico del español jurídico

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El Tribunal Supremo le corta las alas a las cláusulas abusivas de Ryanair. Estudio de la STS 554/2021, de 20 de julio

por Estrada Margareto, María José

Artículo
ISSN: 2660-8626
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 4

En el presente trabajo se analiza la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 554/2021, de 20 de julio que, como novedad, declara nulas por abusivas dos cláusulas generales de la contratación predispuestas por la compañía Ryanair en sus contratos de transporte de pasajeros. Igualmente, procederemos al estudio de los pronunciamientos del Alto Tribunal que ratifican la declaración de nulidad dictada por la Audiencia Provincial de las cláusulas abusivas incluidas por Ryanair en el contrato de transporte; así como aquellas otras que han sido avaladas por el Tribunal Supremo y, por lo tanto, se mantienen en la vida jurídica del contrato. La correcta aplicación del Derecho comunitario al caso que nos ocupa, será determinante para poder proceder al examen de cada una de las Cláusulas impugnadas; de ello, resultará la uniformidad y coherencia entre el Derecho comunitario y el Derecho español.

Tabla de Contenidos

I.INTRODUCCIÓN;
II LA DECLARACIÓN DE NULIDAD POR ABUSIVA DE LA CLÁUSULA QUE FIJABA LA LEY IRLANDESA COMO LEY APLICABLE AL CONTRATO:
2.1. El Derecho comunitaria como Derecho español y la correcta aplicación de nuestras normas de conflicto. Principio de interpretación conforme del Derecho comunitario;
2.2. Lex generalas vs. lex specialis y la apreciación de vicio de consentimiento en el consumidor;
2.3. La existencia de abusividad y falta de transparencia como requisitos sine qua non para declarar abusiva esta cláusula general;
2.4. Cuestión procesal. Principios de inmediación, prelusión de plazo procesal y función revisora del Tribunal Supremo;
III. ES ABUSIVA LA CLÁUSULA GENERAL POR LA QUE LA COMPAÑÍA PUEDE MODIFICAR UNILATERALMENTE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO POR CAUSAS DE SEGURIDAD U OPERATIVIDAD:
3.1 Se declara abusiva la expresión genérica de causa de seguridad u operatividad para permitir al transportista trasladar en un vuelo diferente el equipaje facturado;
3.2 La incertidumbre de la entrega del equipaje y de la responsabilidad de la compañía tras la modificación unilateral del contrato;
IV. EL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA LA ABUSIV1DAD DEL CARGO DE 40 EUROS POR REIMPRESIÓN DE LA TARJETA DE EMBARQUE:
4.1 Cargo indemnizatorio vs. Suplemento opcional;
V. CONFIRMACIÓN DE ABUSIVIDAD EN LA CLÁUSULA DE DENEGACIÓN DE TRANSPORTE:
5.1 Denegación de transporte como resolución del contrato sin causa:
5.2 Denegación de embarque en caso de mala conducta. Unruly Passenger;
VI. REGISTRO DEL EQUIPAJE;
VII. NULIDAD DE LA CLÁUSULA QUE IMPEDÍA LAS TRANSACCIONES EN EFECTIVO. DEBIENDO REALIZARSE MEDIANTE TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO;
VIII_ CLÁUSULAS GENERALES AVALADAS POR EL TRIBUNAL SUPREMO COMO VÁLIDAS:
8.1 Contenido del equipaje;
8.2 Cargo por reservas;
8.3 Cargo al consumidor por retraso o cancelación de vuelo.


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En el presente trabajo se analiza la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 554/2021, de 20 de julio que, como novedad, declara nulas por abusivas dos cláusulas generales de la contratación predispuestas por la compañía Ryanair en sus contratos de transporte de pasajeros. Igualmente, procederemos al estudio de los pronunciamientos del Alto Tribunal que ratifican la declaración de nulidad dictada por la Audiencia Provincial de las cláusulas abusivas incluidas por Ryanair en el contrato de transporte; así como aquellas otras que han sido avaladas por el Tribunal Supremo y, por lo tanto, se mantienen en la vida jurídica del contrato. La correcta aplicación del Derecho comunitario al caso que nos ocupa, será determinante para poder proceder al examen de cada una de las Cláusulas impugnadas; de ello, resultará la uniformidad y coherencia entre el Derecho comunitario y el Derecho español.

Tabla de Contenidos

I.INTRODUCCIÓN;
II LA DECLARACIÓN DE NULIDAD POR ABUSIVA DE LA CLÁUSULA QUE FIJABA LA LEY IRLANDESA COMO LEY APLICABLE AL CONTRATO:
2.1. El Derecho comunitaria como Derecho español y la correcta aplicación de nuestras normas de conflicto. Principio de interpretación conforme del Derecho comunitario;
2.2. Lex generalas vs. lex specialis y la apreciación de vicio de consentimiento en el consumidor;
2.3. La existencia de abusividad y falta de transparencia como requisitos sine qua non para declarar abusiva esta cláusula general;
2.4. Cuestión procesal. Principios de inmediación, prelusión de plazo procesal y función revisora del Tribunal Supremo;
III. ES ABUSIVA LA CLÁUSULA GENERAL POR LA QUE LA COMPAÑÍA PUEDE MODIFICAR UNILATERALMENTE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO POR CAUSAS DE SEGURIDAD U OPERATIVIDAD:
3.1 Se declara abusiva la expresión genérica de causa de seguridad u operatividad para permitir al transportista trasladar en un vuelo diferente el equipaje facturado;
3.2 La incertidumbre de la entrega del equipaje y de la responsabilidad de la compañía tras la modificación unilateral del contrato;
IV. EL TRIBUNAL SUPREMO CONFIRMA LA ABUSIV1DAD DEL CARGO DE 40 EUROS POR REIMPRESIÓN DE LA TARJETA DE EMBARQUE:
4.1 Cargo indemnizatorio vs. Suplemento opcional;
V. CONFIRMACIÓN DE ABUSIVIDAD EN LA CLÁUSULA DE DENEGACIÓN DE TRANSPORTE:
5.1 Denegación de transporte como resolución del contrato sin causa:
5.2 Denegación de embarque en caso de mala conducta. Unruly Passenger;
VI. REGISTRO DEL EQUIPAJE;
VII. NULIDAD DE LA CLÁUSULA QUE IMPEDÍA LAS TRANSACCIONES EN EFECTIVO. DEBIENDO REALIZARSE MEDIANTE TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO;
VIII_ CLÁUSULAS GENERALES AVALADAS POR EL TRIBUNAL SUPREMO COMO VÁLIDAS:
8.1 Contenido del equipaje;
8.2 Cargo por reservas;
8.3 Cargo al consumidor por retraso o cancelación de vuelo.


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