Diccionario panhispánico del español jurídico

Copias sin limite

Intimidad, grabación de imagen y sonido y prueba en el proceso

por Costas Rodal, Lucía

Libro
ISBN: 9788491975670
Cizur Menor (Navarra) Thomson Reuters Aranzadi 2018

El derecho a la intimidad personal y familiar garantizado por el artículo 18.1 CE otorga a la persona el derecho a preservar de la curiosidad ajena cierto ámbito de su vida, en el que no pueden inmiscuirse ni autoridades públicas ni particulares. Entre las conductas susceptibles de generar intromisiones ilegítimas en el derecho a la intimidad ocupa un lugar muy destacado en el contexto del artículo 7 de la LO 1/1982, de 5 de mayo, la grabación de imagen y de sonido por la fuerte invasión que puede suponer en el derecho a la intimidad de la persona grabada. Sin embargo, la utilización de medios técnicos para la captación de la imagen y del sonido constituye una forma de obtención de medios de prueba legalmente admitida para acreditar ciertos hechos en toda clase de procesos. Como no podía ser de otra manera, la grabación no resulta aceptada ilimitadamente como prueba, pues puede entrañar una revelación no consentida de la intimidad de la persona. Es objeto del presente trabajo el estudio de la delicada interrelación entre los derechos involucrados; así como los criterios que, hasta la fecha, han manejado nuestros Tribunales para hacer inclinar la balanza del lado del derecho a la intimidad o del derecho de la parte a la prueba, teniendo en cuenta la posible infracción de otro derecho, también de amparo constitucional, que, aunque relacionado con la intimidad, tiene un carácter autónomo, como es el derecho a la protección de datos en el concreto supuesto de la grabación continuada de imágenes de forma automática a través de sistemas de videovigilancia.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. El derecho a la intimidad como objeto de protección frente a la grabación de imagen y de sonido

I. La intimidad personal y familiar como derecho fundamental de la persona
1. El reconocimiento constitucional del derecho a la intimidad
2. Inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones y protección de datos de carácter personal frente a la grabación de imagen y sonido
II. Significado del reconocimiento constitucional del derecho a la intimidad personal y familiar
1. Definición de la protección que dispensa el derecho constitucional a la intimidad
2. El derecho a la intimidad como objeto de protección frente a las grabaciones de imagen
III. La protección civil del derecho a la intimidad personal y familiar
IV. El ámbito protegido por el derecho a la intimidad
1. Manifestaciones de la vida privada, personal y familiar
2. Materialización de la invasión en el derecho a la intimidad mediante la técnica de la grabación
V. Derecho a la intimidad personal y familiar y juicio de veracidad
III. Delimitación entre el derecho a la intimidad personal y familiar y los otros derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.1. CE
I. La autonomía de los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.1. CE
II. Delimitación entre el derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen
1. Derecho a la propia imagen: concepto
2. La autonomía del derecho a la propia imagen
3. Grabaciones de imagen: derecho a la propia imagen y derecho a la intimidad
III. Delimitación entre el derecho a la intimidad y el derecho al honor
IV. La limitación del derecho a la intimidad por razón de la prueba en el proceso en las grabaciones audiovisuales
I. Límites generales del derecho a la intimidad
II. Eficacia probatoria de grabaciones de imagen y sonido y límites derivados de la protección de la intimidad
1. El derecho a la prueba en el proceso
2. La reproducción de imágenes y sonido como medio de prueba
3. Conciliación entre el derecho a probar del artículo 24.2CE (RCL 1978, 2836) y la afectación del derecho a la intimidad por las grabaciones de imagen y sonido
III. La licitud de la prueba videográfica a la luz del principio de proporcionalidad
IV. Grabación de imágenes captadas por profesionales de la investigación privada
1. Servicios de investigación privada y protección de derechos fundamentales
2. Grabaciones de imagen y derecho a la propia imagen de la persona investigada
3. Derecho a la imagen y aparición accesoria de personas ajenas a la investigación
4. Grabación de conductas inducidas en el marco de la investigación privada
V. Valor probatorio de las grabaciones de imagen en el proceso penal y límites derivados del derecho a la intimidad
1. Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen en la investigación del delito
2. Grabaciones de imagen efectuadas por particulares
3. Otros requisitos de la filmación videográfica como prueba en el proceso penal
VI. Intimidad, derecho al secreto de las comunicaciones y grabaciones de sonido
1. El derecho al secreto de las comunicaciones y medidas de investigación tecnológica
2. Grabaciones de sonido por el interlocutor y derecho a la prueba
3. Valor probatorio de grabaciones de sonido en el ámbito del proceso penal
V. Videovigilancia: derechos a la intimidad y a la protección de datos personales frente a la grabación de imágenes con finalidad de prueba
I. Videovigilancia: colisión con otros bienes o derechos constitucionalmente protegidos
II. Grabaciones de imagen efectuadas por cámaras de seguridad y la invasión de la intimidad de terceros
1. Cámaras de seguridad en la vivienda propia que graban imágenes de la propiedad ajena y derecho a la intimidad
2. Cámaras disuasorias e invasión del derecho a la intimidad
3. Derecho a la intimidad y conflicto con otros derechos de relevancia constitucional
III. Tratamiento de imágenes con fines de videovigilancia y protección de datos personales
1. La imagen de la persona como dato de carácter personal
2. Videovigilancia por persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas
2.1. Planteamiento
2.2. La posición del TJUE: interpretación estricta de la excepción
2.3. Videocámaras en domicilios privados que captan imágenes de la vía pública
3. Tratamiento de imágenes con fines de videovigilancia y derecho a la seguridad
3.1. Seguridad pública y tratamiento de imágenes en lugares públicos, abiertos o cerrados, por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
3.2. Seguridad privada y tratamiento de imágenes
A. Licitud de la medida de videovigilancia
B. Principales obligaciones del responsable del tratamiento con fines de videovigilancia privada
C. Valor probatorio de las imágenes captadas por cámaras de seguridad
D. Grabación de la vía pública por razones de seguridad privada: obligación de información y prueba en el proceso
VI. Videovigilancia en la empresa: derecho a la intimidad y derecho a la protección de datos en el marco de una relación laboral
I. Planteamiento
II. Alcance y límites del derecho a la intimidad personal en el ámbito de la relación laboral
1. Límites del poder empresarial de control de la actividad laboral cuando hay afectación de derechos fundamentales del trabajador
2. El derecho fundamental a la intimidad de los trabajadores en su puesto de trabajo
3. Colisión entre la facultad de control empresarial mediante sistemas de videovigilancia y el derecho a la intimidad del trabajador: aplicación del principio de proporcionalidad
4. Reproducción parcial del contenido de la grabación y derecho a la prueba del trabajador de la intromisión en su derecho a la intimidad
III. Tratamiento de datos obtenidos por la instalación de cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo
1. Cámaras de videovigilancia en el centro de trabajo y derecho a la protección de datos del trabajador
2. Consentimiento del trabajador
3. Derecho de información al trabajador afectado
3.1. Información previa sobre la existencia de cámaras de vigilancia
3.2. Alcance de la información a suministrar a los trabajadores sobre la finalidad de la medida de videovigilancia en el centro de trabajo. Doctrina constitucional y del TEDH
3.3. Medidas de videovigilancia a la vista en el puesto de trabajo: actos ilícitos del trabajador y alcance de la obligación de informar al trabajador despedido en la jurisprudencia del Tribunal Supremo
3.4. Grabación de imágenes con ocasión del control de acceso a los edificios y control del cumplimiento del horario de trabajo (Fuente: Proview)


  • Formato: DIGITAl
  • Número de páginas: 332

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El derecho a la intimidad personal y familiar garantizado por el artículo 18.1 CE otorga a la persona el derecho a preservar de la curiosidad ajena cierto ámbito de su vida, en el que no pueden inmiscuirse ni autoridades públicas ni particulares. Entre las conductas susceptibles de generar intromisiones ilegítimas en el derecho a la intimidad ocupa un lugar muy destacado en el contexto del artículo 7 de la LO 1/1982, de 5 de mayo, la grabación de imagen y de sonido por la fuerte invasión que puede suponer en el derecho a la intimidad de la persona grabada. Sin embargo, la utilización de medios técnicos para la captación de la imagen y del sonido constituye una forma de obtención de medios de prueba legalmente admitida para acreditar ciertos hechos en toda clase de procesos. Como no podía ser de otra manera, la grabación no resulta aceptada ilimitadamente como prueba, pues puede entrañar una revelación no consentida de la intimidad de la persona. Es objeto del presente trabajo el estudio de la delicada interrelación entre los derechos involucrados; así como los criterios que, hasta la fecha, han manejado nuestros Tribunales para hacer inclinar la balanza del lado del derecho a la intimidad o del derecho de la parte a la prueba, teniendo en cuenta la posible infracción de otro derecho, también de amparo constitucional, que, aunque relacionado con la intimidad, tiene un carácter autónomo, como es el derecho a la protección de datos en el concreto supuesto de la grabación continuada de imágenes de forma automática a través de sistemas de videovigilancia.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. El derecho a la intimidad como objeto de protección frente a la grabación de imagen y de sonido

I. La intimidad personal y familiar como derecho fundamental de la persona
1. El reconocimiento constitucional del derecho a la intimidad
2. Inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones y protección de datos de carácter personal frente a la grabación de imagen y sonido
II. Significado del reconocimiento constitucional del derecho a la intimidad personal y familiar
1. Definición de la protección que dispensa el derecho constitucional a la intimidad
2. El derecho a la intimidad como objeto de protección frente a las grabaciones de imagen
III. La protección civil del derecho a la intimidad personal y familiar
IV. El ámbito protegido por el derecho a la intimidad
1. Manifestaciones de la vida privada, personal y familiar
2. Materialización de la invasión en el derecho a la intimidad mediante la técnica de la grabación
V. Derecho a la intimidad personal y familiar y juicio de veracidad
III. Delimitación entre el derecho a la intimidad personal y familiar y los otros derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.1. CE
I. La autonomía de los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.1. CE
II. Delimitación entre el derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen
1. Derecho a la propia imagen: concepto
2. La autonomía del derecho a la propia imagen
3. Grabaciones de imagen: derecho a la propia imagen y derecho a la intimidad
III. Delimitación entre el derecho a la intimidad y el derecho al honor
IV. La limitación del derecho a la intimidad por razón de la prueba en el proceso en las grabaciones audiovisuales
I. Límites generales del derecho a la intimidad
II. Eficacia probatoria de grabaciones de imagen y sonido y límites derivados de la protección de la intimidad
1. El derecho a la prueba en el proceso
2. La reproducción de imágenes y sonido como medio de prueba
3. Conciliación entre el derecho a probar del artículo 24.2CE (RCL 1978, 2836) y la afectación del derecho a la intimidad por las grabaciones de imagen y sonido
III. La licitud de la prueba videográfica a la luz del principio de proporcionalidad
IV. Grabación de imágenes captadas por profesionales de la investigación privada
1. Servicios de investigación privada y protección de derechos fundamentales
2. Grabaciones de imagen y derecho a la propia imagen de la persona investigada
3. Derecho a la imagen y aparición accesoria de personas ajenas a la investigación
4. Grabación de conductas inducidas en el marco de la investigación privada
V. Valor probatorio de las grabaciones de imagen en el proceso penal y límites derivados del derecho a la intimidad
1. Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen en la investigación del delito
2. Grabaciones de imagen efectuadas por particulares
3. Otros requisitos de la filmación videográfica como prueba en el proceso penal
VI. Intimidad, derecho al secreto de las comunicaciones y grabaciones de sonido
1. El derecho al secreto de las comunicaciones y medidas de investigación tecnológica
2. Grabaciones de sonido por el interlocutor y derecho a la prueba
3. Valor probatorio de grabaciones de sonido en el ámbito del proceso penal
V. Videovigilancia: derechos a la intimidad y a la protección de datos personales frente a la grabación de imágenes con finalidad de prueba
I. Videovigilancia: colisión con otros bienes o derechos constitucionalmente protegidos
II. Grabaciones de imagen efectuadas por cámaras de seguridad y la invasión de la intimidad de terceros
1. Cámaras de seguridad en la vivienda propia que graban imágenes de la propiedad ajena y derecho a la intimidad
2. Cámaras disuasorias e invasión del derecho a la intimidad
3. Derecho a la intimidad y conflicto con otros derechos de relevancia constitucional
III. Tratamiento de imágenes con fines de videovigilancia y protección de datos personales
1. La imagen de la persona como dato de carácter personal
2. Videovigilancia por persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas
2.1. Planteamiento
2.2. La posición del TJUE: interpretación estricta de la excepción
2.3. Videocámaras en domicilios privados que captan imágenes de la vía pública
3. Tratamiento de imágenes con fines de videovigilancia y derecho a la seguridad
3.1. Seguridad pública y tratamiento de imágenes en lugares públicos, abiertos o cerrados, por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
3.2. Seguridad privada y tratamiento de imágenes
A. Licitud de la medida de videovigilancia
B. Principales obligaciones del responsable del tratamiento con fines de videovigilancia privada
C. Valor probatorio de las imágenes captadas por cámaras de seguridad
D. Grabación de la vía pública por razones de seguridad privada: obligación de información y prueba en el proceso
VI. Videovigilancia en la empresa: derecho a la intimidad y derecho a la protección de datos en el marco de una relación laboral
I. Planteamiento
II. Alcance y límites del derecho a la intimidad personal en el ámbito de la relación laboral
1. Límites del poder empresarial de control de la actividad laboral cuando hay afectación de derechos fundamentales del trabajador
2. El derecho fundamental a la intimidad de los trabajadores en su puesto de trabajo
3. Colisión entre la facultad de control empresarial mediante sistemas de videovigilancia y el derecho a la intimidad del trabajador: aplicación del principio de proporcionalidad
4. Reproducción parcial del contenido de la grabación y derecho a la prueba del trabajador de la intromisión en su derecho a la intimidad
III. Tratamiento de datos obtenidos por la instalación de cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo
1. Cámaras de videovigilancia en el centro de trabajo y derecho a la protección de datos del trabajador
2. Consentimiento del trabajador
3. Derecho de información al trabajador afectado
3.1. Información previa sobre la existencia de cámaras de vigilancia
3.2. Alcance de la información a suministrar a los trabajadores sobre la finalidad de la medida de videovigilancia en el centro de trabajo. Doctrina constitucional y del TEDH
3.3. Medidas de videovigilancia a la vista en el puesto de trabajo: actos ilícitos del trabajador y alcance de la obligación de informar al trabajador despedido en la jurisprudencia del Tribunal Supremo
3.4. Grabación de imágenes con ocasión del control de acceso a los edificios y control del cumplimiento del horario de trabajo (Fuente: Proview)


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