Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

El realismo jurídico escandinavo. Una teoría empirista del derecho

por Hierro, Liborio

Libro
ISBN: 9788498900316
Madrid Iustel 2008

En 1912 el filósofo sueco Vitalis Norström había afirmado: ""los días de la metafísica están contados. Y se puede añadir con toda seguridad que también lo están los días de los sistemas filosóficos en sentido convencional."" Su profecía se cumplió, en el ámbito de la filosofía nórdica, con la escuela fundada en Uppsala por Axel Hägerström. La filosofía de Uppsala tuvo una inmediata influencia en la filosofía y la teoría del derecho tanto porque el mismo Hägerström se ocupó ampliamente de problemas filosófico-jurídicos como porque, desde sus enseñanzas, se formó un amplio grupo de juristas que alcanzarían notable relieve en el pensamiento jurídico europeo (entre los más conocidos: Vilhelm Lundstedt, Karl Olivecrona y Alf Ross).
El realismo jurídico escandinavo se ofrece como una alternativa al debate iusnaturalismo-positivismo a partir de la convicción de que el positivismo jurídico desarrollado desde el siglo XIX arrastra la epistemología y el método del iusnaturalismo racionalista por lo que está lejos de constituir una explicación científica del derecho. Si el realismo escandinavo tuvo inicialmente una influencia muy limitada al ámbito escandinavo, después de la Segunda Guerra Mundial sus aportaciones se incorporaron al normativismo analítico y fueron fundamentales para la reorientación del positivismo en los autores europeos más influyentes como Kelsen, Hart y Bobbio. De este modo el realismo jurídico escandinavo se convirtió en un eslabón imprescindible para comprender la evolución del pensamiento jurídico occidental durante el siglo XX.

Tabla de Contenidos

Prólogo a la segunda edición.
Del prólogo a la primera edición.
CAPÍTULO I. EL REALISMO FILOSÓFICO, EL REALISMO JURÍDICO Y EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO.
1.1. El realismo filosófico: un mismo nombre para respuestas diversas a preguntas diferentes.
1.2. El realismo filosófico contemporáneo: la revuelta antimetafísica.
1.3. El realismo jurídico.
1.3.1. Las manifestaciones del realismo jurídico en el siglo XX.
1.3.2. ¿Qué es el realismo jurídico?
1.4. La escuela de Uppsala: realismo y filosofía práctica en Axel Hägerström.
1.5. El realismo escandinavo y la filosofía del derecho.
1.5.1. El realismo jurídico escandinavo hasta la Segunda Guerra Mundial.
1.5.2. El realismo jurídico escandinavo desde la Segunda Guerra hasta 1965.
1.5.3. El realismo jurídico escandinavo después de 1965.
CAPÍTULO II. EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO: UNA ALTERNATIVA AL DEBATE IUSNATURALISMO-POSITIVISMO.
2.1. Introducción general.
2.2. Realismo e iusnaturalismo.
2.3. Realismo y positivismo.
2.4. El realismo como alternativa.
2.5. Los fundamentos de una ciencia empírica del derecho.
2.5.1. El principio de verificación en la ciencia del derecho.
2.5.2. Ciencia y dogmática.
2.5.3. Ciencia del derecho y Sociología del derecho.
2.5.4. Ciencia, técnica y política.
2.6. Sobre la filosofía del derecho y algunas conclusiones.
CAPÍTULO III. EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO: ESTRUCTURA Y FUNCIÓN DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS.
3.1. La norma jurídica como imperativo independiente.
3.1.1. La crítica de la teoría de la voluntad.
3.1.2. Las normas jurídicas como imperativos independientes.
3.1.3. Normas jurídicas y otras directivas.
3.2. La existencia de las normas jurídicas: el debate sobre la validez.
3.2.1. El punto de vista idealista: teoría de la validez.
3.2.2. El punto de vista realista: psicologismo y conductismo.
3.2.3. Discusión sobre la validez: Hart y Kelsen.
3.2.4. La vigencia de las normas jurídicas.
3.2.5. La validez de las normas jurídicas.
3.3. El ordenamiento jurídico.
3.3.1. Derecho y fuerza.
3.3.2. Estructura del ordenamiento jurídico: normas de conducta, normas de sanción y normas de competencia.
3.3.3. El problema de las fuentes del derecho.
3.3.4. El problema de la aplicación del derecho.
3.3.4.1. El método del bienestar social según Lundstedt: la falta de realismo de un realista.
3.4. El lenguaje jurídico: metafísica, uso y análisis.
3.4.1. Las modalidades jurídicas según Ross.
3.4.2. Los términos jurídicos sistemáticos.
3.4.3. Corrección y verdad en el uso del lenguaje jurídico: Olivecrona y la teoría de los «performativos».
Bibliografía.
Índice de autores y materias.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 1.045 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

En 1912 el filósofo sueco Vitalis Norström había afirmado: ""los días de la metafísica están contados. Y se puede añadir con toda seguridad que también lo están los días de los sistemas filosóficos en sentido convencional."" Su profecía se cumplió, en el ámbito de la filosofía nórdica, con la escuela fundada en Uppsala por Axel Hägerström. La filosofía de Uppsala tuvo una inmediata influencia en la filosofía y la teoría del derecho tanto porque el mismo Hägerström se ocupó ampliamente de problemas filosófico-jurídicos como porque, desde sus enseñanzas, se formó un amplio grupo de juristas que alcanzarían notable relieve en el pensamiento jurídico europeo (entre los más conocidos: Vilhelm Lundstedt, Karl Olivecrona y Alf Ross).
El realismo jurídico escandinavo se ofrece como una alternativa al debate iusnaturalismo-positivismo a partir de la convicción de que el positivismo jurídico desarrollado desde el siglo XIX arrastra la epistemología y el método del iusnaturalismo racionalista por lo que está lejos de constituir una explicación científica del derecho. Si el realismo escandinavo tuvo inicialmente una influencia muy limitada al ámbito escandinavo, después de la Segunda Guerra Mundial sus aportaciones se incorporaron al normativismo analítico y fueron fundamentales para la reorientación del positivismo en los autores europeos más influyentes como Kelsen, Hart y Bobbio. De este modo el realismo jurídico escandinavo se convirtió en un eslabón imprescindible para comprender la evolución del pensamiento jurídico occidental durante el siglo XX.

Tabla de Contenidos

Prólogo a la segunda edición.
Del prólogo a la primera edición.
CAPÍTULO I. EL REALISMO FILOSÓFICO, EL REALISMO JURÍDICO Y EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO.
1.1. El realismo filosófico: un mismo nombre para respuestas diversas a preguntas diferentes.
1.2. El realismo filosófico contemporáneo: la revuelta antimetafísica.
1.3. El realismo jurídico.
1.3.1. Las manifestaciones del realismo jurídico en el siglo XX.
1.3.2. ¿Qué es el realismo jurídico?
1.4. La escuela de Uppsala: realismo y filosofía práctica en Axel Hägerström.
1.5. El realismo escandinavo y la filosofía del derecho.
1.5.1. El realismo jurídico escandinavo hasta la Segunda Guerra Mundial.
1.5.2. El realismo jurídico escandinavo desde la Segunda Guerra hasta 1965.
1.5.3. El realismo jurídico escandinavo después de 1965.
CAPÍTULO II. EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO: UNA ALTERNATIVA AL DEBATE IUSNATURALISMO-POSITIVISMO.
2.1. Introducción general.
2.2. Realismo e iusnaturalismo.
2.3. Realismo y positivismo.
2.4. El realismo como alternativa.
2.5. Los fundamentos de una ciencia empírica del derecho.
2.5.1. El principio de verificación en la ciencia del derecho.
2.5.2. Ciencia y dogmática.
2.5.3. Ciencia del derecho y Sociología del derecho.
2.5.4. Ciencia, técnica y política.
2.6. Sobre la filosofía del derecho y algunas conclusiones.
CAPÍTULO III. EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO: ESTRUCTURA Y FUNCIÓN DE LOS SISTEMAS JURÍDICOS.
3.1. La norma jurídica como imperativo independiente.
3.1.1. La crítica de la teoría de la voluntad.
3.1.2. Las normas jurídicas como imperativos independientes.
3.1.3. Normas jurídicas y otras directivas.
3.2. La existencia de las normas jurídicas: el debate sobre la validez.
3.2.1. El punto de vista idealista: teoría de la validez.
3.2.2. El punto de vista realista: psicologismo y conductismo.
3.2.3. Discusión sobre la validez: Hart y Kelsen.
3.2.4. La vigencia de las normas jurídicas.
3.2.5. La validez de las normas jurídicas.
3.3. El ordenamiento jurídico.
3.3.1. Derecho y fuerza.
3.3.2. Estructura del ordenamiento jurídico: normas de conducta, normas de sanción y normas de competencia.
3.3.3. El problema de las fuentes del derecho.
3.3.4. El problema de la aplicación del derecho.
3.3.4.1. El método del bienestar social según Lundstedt: la falta de realismo de un realista.
3.4. El lenguaje jurídico: metafísica, uso y análisis.
3.4.1. Las modalidades jurídicas según Ross.
3.4.2. Los términos jurídicos sistemáticos.
3.4.3. Corrección y verdad en el uso del lenguaje jurídico: Olivecrona y la teoría de los «performativos».
Bibliografía.
Índice de autores y materias.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 1.045 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Otros usuarios también leyeron